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¿Qué está pasando con los patinetes eléctricos (VMP)? Obligación de registro y seguro: situación actual
Por Ramírez Arribas | 2 de Febrero 2026
Desde Ramírez Arribas Correduría de Seguros queremos ofrecer una explicación clara y actualizada sobre la situación legal de los patinetes eléctricos y vehículos de movilidad personal (VMP) tras el final del periodo transitorio, el pasado 26 de enero de 2026.
¿Hay que registrar y asegurar los patinetes eléctricos en 2026?
Según la nota de prensa de la DGT del 23/12/2025 (https://www.dgt.es/comunicacion/notas-de-prensa/20251223-inscripcion-registro-vmp/), mientras no exista un registro operativo de VMP, no puede exigirse legalmente ni la inscripción previa ni el seguro obligatorio para aquellos vehículos cuyo aseguramiento depende de dicha inscripción.
En otras palabras: si para contratar el seguro te exigen estar registrado, y el registro no está disponible, no puede trasladarse la obligación al ciudadano.
¿Hay alguna excepción?
Sí. La propia DGT establece que los VMP que por sus características se consideren “vehículos a motor” (por ejemplo, los que pesen más de 25 kg y superen los 14 km/h) sí deben contar con seguro desde el 26/01/2026, incluso sin estar inscritos previamente.
¿Qué ha pasado desde el 27 de enero?
El nuevo comunicado de la DGT del 27/01/2026 confirma que el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el registro estatal de VMP. Este decreto entrará en vigor en cuanto se publique en el BOE, lo cual ocurrirá en las próximas fechas.
Entonces, ¿qué problema existe ahora mismo?
Estamos en un momento de incertidumbre práctica:
- El registro todavía no está realmente operativo ni accesible.
- Las compañías aseguradoras exigen la inscripción previa para poder contratar el seguro.
Resultado: el usuario no puede inscribir su VMP ni contratar el seguro, a pesar de que legalmente se le pide que lo haga.
¿Qué hacer si recibes una multa por no tener seguro o no estar inscrito?
En este contexto, si recibes una denuncia o sanción administrativa por circular sin seguro o sin haber registrado tu VMP, y no es posible cumplir por la inexistencia del registro operativo, desde nuestro Departamento Jurídico podemos ayudarte.
Estudiaremos tu caso y, si corresponde, presentaremos las alegaciones o recursos necesarios, analizando:
- El tipo de VMP.
- La fecha exacta de los hechos.
- El fundamento de la denuncia.
- La imposibilidad real de cumplir con el trámite.
Importante: no dejes pasar los plazos de alegación. En materia sancionadora, el tiempo cuenta.
Seguimos pendientes de todas las novedades
Desde Ramírez Arribas seguimos minuto a minuto todas las actualizaciones normativas y las publicaciones de la DGT. Además, estamos en contacto con el sector asegurador, que ya estudia soluciones prácticas y nuevas coberturas adaptadas a esta situación.
En cuanto existan opciones viables y legales para contratar un seguro de responsabilidad civil para VMP, te lo comunicaremos de inmediato para que puedas cumplir con la normativa sin complicaciones.
Consulta oficial DGT
Para más información, puedes consultar directamente los siguientes comunicados:
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